GESTIÓN DE RESIDUOS BIOSANITARIOS ESPECIALES EN LAS DEPENDENCIAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

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WHAT will be done

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1. INTRODUCCIÓN
Sobre la base de lo dispuesto en el Decreto 83/1999, de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y de gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos en la Comunidad de Madrid, la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante, UAM) dispone de un servicio de recogida, transporte y gestión de Residuos Sanitarios de Clase III o Residuos Biosanitarios Especiales, fundamentalmente de los grupos 5 (residuos punzantes o cortantes) y 6 (cultivos y reservas de agentes infecciosos), generados en las tareas de investigación y docencia.

2. OBJETO
El presente documento tiene por objeto definir el alcance y las condiciones del servicio de recogida, transporte, almacenamiento, valorización y eliminación de residuos biosanitarios especiales por parte de la empresa contratada a estos efectos por la UAM, incluyendo los aspectos relativos a la gestión documental y administrativa, el suministro de contenedores y envases homologados, su etiquetado y el resto de información relacionada.

3. AUTORIZACIÓN DE GESTOR DE RESIDUOS BIOSANITARIOS ESPECIALES
Sin perjuicio de las demás licencias o autorizaciones exigidas por la normativa de aplicación vigente, para la realización de cualquiera de las operaciones de gestión mencionadas en el apartado anterior, la empresa adjudicataria cuenta con autorización en vigor concedida por la autoridad competente de la comunidad autónoma donde tenga su sede social y se encuentra inscrita en el registro correspondiente.
Teniendo en cuenta las operaciones de recogida y transporte de residuos biosanitarios especiales a desarrollar en la UAM, en particular, dicha autorización establece los vehículos con los que se podrán realizar tales operaciones, así como los conductores habilitados para realizarlas.

4. LUGARES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio de retirada y transporte de residuos biosanitarios especiales se lleva a cabo por parte de la empresa adjudicataria desde los siguientes almacenes, habilitados al efecto por la UAM:
• Edificio de Biología de la Facultad de Ciencias:
C/ Darwin, 2. 28049. Madrid (Campus de Cantoblanco. Ctra. de Colmenar, km 15).
• Facultad de Medicina:
C/ Arzobispo Morcillo, 4. 28029. Madrid.
Las actividades de gestión de los residuos biosanitarios especiales se desarrolla en las instalaciones de la empresa adjudicataria y se llevarán a cabo atendiendo a lo dispuesto en la correspondiente autorización.

5. RESIDUOS BIOSANITARIOS ESPECIALES
La empresa gestora debe cumplir con las obligaciones que legalmente le corresponde asumir en relación con la ejecución de las actividades de recogida, transporte, almacenamiento, valorización y eliminación de los siguientes Residuos Sanitarios de Clase III o Residuos Biosanitarios Especiales generados en las tareas de investigación y docencia de la UAM:

• RESIDUOS PUNZANTES O CORTANTES (grupo 5), definidos como todo instrumento u objeto utilizado en la actividad sanitaria, con independencia de su origen, que tenga esquinas, bordes o salientes capaces de cortar o pinchar, incluyendo, sin carácter limitativo:
– Agujas hipodérmicas, hojas de bisturí, lancetas, capilares, portaobjetos, cubreobjetos, pipetas Pasteur y similares.
– Artículos de cristal, rotos, si han estado en contacto con productos biológicos.

• CULTIVOS Y RESERVAS DE AGENTES INFECCIOSOS (grupo 6), definidos como residuos de actividades de análisis o experimentación microbiológicos, contaminados con agentes infecciosos o productos biológicos derivados, tales como:
– Cultivos de agentes infecciosos y material de desecho en contacto con ellos: Placas de Petri, hemocultivos, extractos líquidos, caldos, instrumental contaminado, etc.
– Reservas de agentes infecciosos.
– Vacunas vivas o atenuadas, salvo materiales manchados de un solo uso.
Los residuos biosanitarios especiales se gestionan de manera independiente a los residuos biosanitarios asimilables a urbanos y se acumulan separadamente de todas las demás clases de residuos generados en la UAM, en envases exclusivos para dichos residuos.

6. GESTIÓN DOCUMENTAL
La empresa gestora contratada por la UAM es la responsable de asegurar que queda debidamente documentado el tratamiento completo de los residuos retirados de la UAM a través de los correspondientes documentos de traslado de residuos, y cuando sea necesario, mediante un certificado o declaración responsable de la instalación de tratamiento final.
Dicha documentación puede ser solicitada en cualquier momento por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad con objeto de garantizar la trazabilidad y la correcta gestión de los residuos biosanitarios especiales objeto del presente contrato.
Asimismo, con objeto de facilitar el seguimiento del servicio contratado, la empresa adjudicataria debe informar mensualmente a la UAM del número de contenedores de 60 L y envases para residuos cortantes o punzantes de 3 L y 5 L retirados de los almacenes habilitados en la UAM, aportando de forma separada los datos correspondientes a cada una de las fechas de retirada establecidas para el edificio de Biología de la Facultad de Ciencias y la Facultad de Medicina.

7. CONDICIONES DE EJECUCIÓN
La UAM asume la retirada en los laboratorios de origen de los residuos generados en las tareas de investigación y docencia, así como su traslado interno hasta los almacenes específicamente habilitados para su depósito, hasta su recogida por la empresa adjudicataria. Con carácter general, dicha retirada se produce con una periodicidad semanal y se lleva a cabo cuando los contenedores y los envases se encuentran totalmente llenos.
El transporte de residuos biosanitarios especiales desde los almacenes habilitados al efecto por la UAM se realiza por la empresa gestora en vehículos de su propiedad, que cuentan con la correspondiente autorización concedida por la autoridad competente y reúnen el resto de las condiciones exigidas por la normativa de aplicación vigente.
La recogida de residuos por la empresa adjudicataria se realiza periódicamente, en el horario comprendido entre las 09:30 AM y las 12:00 PM y de acuerdo con la siguiente frecuencia mínima de retirada:

• Edificio de Biología de la Facultad de Ciencias (producción media estimada mensual de residuos biosanitarios especiales comprendida entre 50 y 250 Kg.): Retirada cada quince días, todos los miércoles no festivos en semanas alternas.
• Facultad de Medicina (producción media estimada mensual de residuos biosanitarios especiales comprendida entre 251 y 1.000 Kg.): Retirada semanal, todos los lunes no festivos.

No obstante, a petición del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la UAM, la precitada previsión temporal puede verse alterada cuando la fecha de recogida coincida con festivos nacionales, autonómicos y locales, otros días festivos declarados en el ámbito de la Universidad y/o alguno de sus centros, así como durante los periodos de suspensión de la actividad laboral recogidos en el calendario laboral aprobado anualmente por la Universidad.
Con independencia de lo anterior, excepcionalmente el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la UAM puede solicitar a la empresa adjudicataria la retirada extraordinaria de residuos biosanitarios al margen de la frecuencia temporal preestablecida, por un precio unitario idéntico al establecido con carácter ordinario para cada contenedor o envase, y aportando en todo caso la información necesaria para la adecuada prestación del servicio.

8. CONTENEDORES Y ENVASES PARA RESIDUOS BIOSANITARIOS ESPECIALES
Con objeto de garantizar la correcta prestación del servicio, coincidiendo con el comienzo de la actividad, la empresa adjudicataria debe suministrar a la UAM, como mínimo, el siguiente número de contenedores y envases para llevar a cabo la retirada en origen de los residuos biosanitarios generados en las tareas de investigación y docencia.

Durante la ejecución del contrato, coincidiendo con cada retirada de residuos, la empresa adjudicataria es la responsable de suministrar y entregar en los almacenes de la UAM específicamente habilitados para su depósito, al menos, un número de contenedores, bolsas, cajas y envases para residuos cortantes o punzantes igual al que aquellos que se retiran, de manera que se mantenga en todo momento el stock inicial mínimo al que se ha hecho referencia.
No obstante, cuando el volumen de residuos generados lo hace necesario, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la UAM puede solicitar a la empresa gestora la modificación del número de contenedores, bolsas, cajas y envases que forman parte del stock depositados en la Universidad.

8.1. Contenedores
Se consideran “CONTENEDORES”, aquellos recipientes en los que se acumulan envases con residuos, o residuos de envases, sin que exista contacto directo entre los residuos y el contenedor, salvo en caso de rotura o impermeabilidad insuficiente del envase.
Los contenedores de 60 L suministrados a la UAM únicamente pueden acumular “envases con residuos”, que deben ser rígidos, de alta resistencia, reutilizables y cumplir, como mínimo, las siguientes especificaciones:

• Ser estancos.
• Estar dotados de tapa de cierre hermético.
• Señalizados con el pictograma de “biopeligroso” y el texto asociado, en los lados y en la tapa, de forma que sea visible desde cualquier dirección lateral según la normativa de aplicación vigente.
Corresponde a la empresa adjudicataria garantizar que los citados contenedores se entregan cumpliendo con las debidas condiciones de conservación y limpieza.

8.2. Envases con residuos
Se consideran “ENVASES CON RESIDUOS”, aquellos recipientes en los que se acumulan directamente residuos, es decir, que están en contacto directo con los mismos. Los residuos biosanitarios se acumulan en envases de un solo uso que, una vez cerrados, no pueden volverse a abrir.

• BOLSAS APROPIADAS PARA SU COLOCACIÓN EN LOS CONTENEDORES DE 60 L a los que hace referencia el apartado anterior, en idéntico número al exigido para estos, garantizando que durante el periodo de ejecución del contrato y coincidiendo con cada retirada periódica de residuos existe un stock de bolsas suficiente para su instalación en cada uno de los contenedores.
Dichas bolsas cumplen las siguientes especificaciones:
– Fabricadas con polietileno o polipropileno, con galga mínima 300.
– Opacas, impermeables y resistentes a la humedad.
– No generarán emisiones tóxicas por combustión.
– Volumen no superior a 80 L.                                                                                 – Color rojo.

• ENVASES PARA RESIDUOS BIOSANITARIOS ESPECIALES PUNZANTES O CORTANTES (GRUPO 5) de 3 L y 5 L, que deben cumplir las siguientes especificaciones:
– Diseñados específicamente para el envasado de residuos punzantes y cortantes, quedando prohibida la utilización de recipientes no diseñados para este tipo de residuos, como botes, botellas, latas o similares.
– Libre sustentación.
– Imperforables.
– Opacos, impermeables y resistentes a la humedad.
– Señalizados con el pictograma de “biopeligroso” y el texto asociado, según la normativa de aplicación vigente.
– Cuerpo de color amarillo y cierre de color rojo.
– No generarán emisiones tóxicas por combustión.

Aunque los envases para residuos punzantes o cortantes de 3 L y 5 L son aptos para el transporte, con objeto de facilitar su almacenamiento, manipulación y gestión, la empresa adjudicataria deberá suministrar a la UAM un número suficiente de CAJAS HOMOLOGADAS de 50 L para este tipo de residuos.

9. ETIQUETADO, MARCADO E INFORMACIÓN
Con carácter previo al transporte de residuos biosanitarios especiales, la empresa adjudicataria debe proporcionar a la UAM un número suficiente de etiquetas adhesivas de identificación del productor, para su colocación de manera visible, tanto en los envases como en los contenedores objeto de retirada.
Las etiquetas deben identificar los residuos con carácter previo a la entrega a la empresa adjudicataria para su gestión y determinar sus características de peligrosidad, suministrando la información necesaria para su adecuado tratamiento.
A estos efectos, dichas etiquetas tienen unas dimensiones mínimas de 10 × 10 cm, están redactadas, al menos, en castellano y en ellas figura:

• El nombre o la razón social de la UAM, su dirección postal y electrónica y número de teléfono, así como el correspondiente Número de Identificación Medioambiental (NIMA):
– Edificio de Biología de la Facultad de Ciencias: 2800017420.
– Facultad de Medicina: 2800021704.

• El código y la descripción del residuo, así como el código y la descripción de las características de peligrosidad conforme a lo establecido en la legislación vigente.

• Fecha en la que se inicia el depósito de residuos.

• La naturaleza de los peligros que presentan los residuos, que se indicará mediante los pictogramas descritos en el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008.

Las etiquetas son en todo caso visibles y se encuentran firmemente fijadas sobre los contenedores y los envases, correspondiendo a la empresa adjudicataria la retirada y/o anulación, si fuera necesario, de las indicaciones o etiquetas anteriores, de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido de aquellos.

10. REDUCCIÓN Y SEPARACIÓN DIFERENCIADA DE RESIDUOS
Para garantizar una adecuada gestión medioambiental y facilitar un tratamiento independiente y diferenciado de los residuos biosanitarios, la UAM promueve entre todas las personas implicadas el uso responsable de contenedores, bolsas, cajas y envases, con objeto de evitar la introducción en ellos de residuos generales (residuos sin ningún tipo de contaminación específica, que no presentan riesgo de infección ni en el interior ni en el exterior de los centros) y asimilables a urbanos (residuos biosanitarios no clasificados como residuo biosanitario especial).
Por otra parte, en su condición de gestor de residuos biosanitarios especiales, la empresa gestora contratada al efecto por la UAM garantiza el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en todo lo relacionado con el ejercicio de la actividad objeto de autorización.

 

Location

WHERE it will take place

Country:

Spain - Madrid

Address:

Madrid
calle Einstein
3
28049

Action Developer

WHO will run the show

Entity:

Universidad Autónoma de Madrid
# Educational Establishment

How can you get in contact:

https://www.uam.es/uam/inicio
ana.caro@uam.es

• WHEN

will it happen?

Dates of the proposed action:

22/11/25
23/11/25
24/11/25
25/11/25
26/11/25
27/11/25
28/11/25
29/11/25
30/11/25

• WHY

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